Novedad legislativa: BOE 242/2017

En el marco del proceso independentista de Cataluña, y a la vista de la intención manifestada por muchas empresas con sede social en dicha comunidad autónoma de trasladar su domicilio social a otro lugar en el territorio español, se aprueba el Real Decreto-ley 15/2017, de 6 de octubre, decisión que corresponderá al órgano de administración de la entidad y no a su junta general, salvo disposición expresa en contrario de los estatutos que establezca que el órgano de administración no ostenta esa competencia. El texto se publica en plena oleada de traslado de sus sedes por parte de bancos y otras empresas hasta ahora radicadas en Cataluña, tras la celebración del referéndum.

BOE 242/2017