El BOE publica la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
La Comisión de Empleo del Senado ha aprobado el 11 de octubre de 2017 la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, dirigida a apoyar el desarrollo de la actividad emprendedora para el colectivo de los autónomos.
La entrada en vigor de algunas medidas se producirá al día siguiente de su publicación en el BOE, esto es, el día 26 de octubre de 2017, mientras que otras de las medidas más significativas no entrarán en vigor hasta enero de 2018.
Se trata de una Ley que introduce importantes novedades respecto a las cotizaciones, gastos deducibles y bonificaciones de los autónomos, así como medidas para favorecer la contratación y la conciliación familiar. Entre las medidas adoptadas destacamos la ampliación de la tarifa plana de 50 euros, la deducción de suministros y dietas, la flexibilización de la cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en especial de los autónomos societarios y de los autónomos jubilados con empleados, así como el impulso de medidas para favorecer la contratación laboral y la conciliación familiar.
Se fortalece la Tarifa Plana de 50 euros, que ha beneficiado ya a más de 1.250.000 personas desde su puesta en marcha y ahora dobla su periodo de vigencia, de 6 meses a un año. Asimismo, reduce de 5 a 2 años el plazo para reemprender, aplicándose por primera vez a las mujeres que retoman su actividad tras la maternidad.
Asimismo, se potencia la capacidad para contratar a la vez que impulsa la jubilación activa y la transmisión de conocimiento. En consecuencia, los autónomos que tengan asalariados a su cargo podrán, por primera vez, compatibilizar trabajo y el 100% de su pensión.
Los autónomos podrán cambiar hasta 4 veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a sus ingresos, deducirse gastos de suministros y manutención vinculados a su actividad y verán reducida la mitad el recargo por retraso el primer mes.
A modo de resumen, exponemos las principales medidas incluidas en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo:
- Medidas dirigidas a fortalecer la creación de empleo autónomo:
- Extensión de la cuota reducida (denominada “tarifa plana”) para los nuevos trabajadores autónomos que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia.
- Compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo autónomo.
- Se crea una nueva bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social del 100% durante un período de 12 meses.
- Medidas dirigidas a facilitar la cotización a la Seguridad Social y reducir cargas administrativas:
- Se modulan los recargos por ingresos de las cuotas a la Seguridad Social.
- Devolución de oficio del exceso de cotización.
- Medidas dirigidas a generar empleo autónomo de calidad:
- Medidas para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral de los trabajadores autónomos.
- Medidas para mejorar la cotización de los trabajadores autónomos.
- Medidas para mejorar la formación profesional para el empleo de los trabajadores autónomos.
- Cobertura de contingencias profesionales, accidentes in itinere.
- Modificación de las altas y bajas de los autónomos en el Régimen Especial de Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Posibilidad de deducirse gastos asociados a su actividad (IRPF).

