Los juristas muestran su preocupación con la decisión de la Comisión Europea, tras una Comunicación sobre la protección al inversor publicada el pasado jueves y que hoy publica Cinco Días. Según la Comisión Europea, los laudos internacionales que se han pronunciado a favor de los inversores europeos no tienen ningún valor, tanto si invocan tratados bilaterales de protección como si esgrimen la Carta de la Energía. En ambos casos se trataría de normas incompatibles con el ordenamiento jurídico de la UE, que reserva para los tribunales nacionales y europeos la competencia exclusiva de interpretar la normativa comunitaria y garantizar la protección del inversor.
La Comisión ha publicado el 19 de Julio de 2018 una serie de orientaciones (http://ec.europa.eu/finance/docs/policy/180719-communication-protection-of-investments_en.pdf) para ayudar a los inversores de la UE a hacer valer sus derechos ante las administraciones y los órganos jurisdicciones nacionales y ayudar a los Estados miembros a proteger el interés público de conformidad con la legislación de la UE. La Comunicación tiene como objeto consolidar el entorno empresarial para los inversores de la UE. Se trata de un elemento crucial para potenciar la inversión en el mercado único de la UE. El Derecho de la Unión no resuelve todos los problemas a los que pueden enfrentarse los inversores en sus actividades. No obstante, la Comunicación precisa que el Derecho de la UE protege los derechos de los inversores de la UE y que los inversores pueden hacer valer estos derechos ante las administraciones y los órganos jurisdiccionales nacionales.
Los inversores de la UE ya no pueden confiar en los tratados bilaterales de inversión (en lo sucesivo, «TBI internos de la UE»). Como la Comisión ha declarado reiteradamente, estos tratados son ilegales porque se solapan con las normas del mercado único de la UE y discriminan entre inversores de la UE. En una sentencia reciente (en el asunto Achmea), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmó que el arbitraje inversor-Estado en los TBI internos de la UE es ilegal. A raíz de esta sentencia, la Comisión ha intensificado su diálogo con todos los Estados miembros, pidiéndoles que tomen medidas para poner fin a los TBI internos de la UE.
Mientras tanto, existe incertidumbre sobre el destino de los laudos que pudieran dictarse condenando a España a compensar a los inversores, por la que España puede ahorrarse 7.500 millones en arbitrajes. Y es que cabe la posibilidad de que los tribunales de países de la UE rechacen su ejecución en la medida en que la decisión ha calificado la compensación como ayuda de Estado y no puede otorgarse sin notificación a la Comisión Europea. Este problema, sin embargo, no se presentaría en la ejecución de tales laudos fuera de la UE. El Tratado sobre la Carta de la Energía no es aplicable a inversores de un Estado miembro que inician una disputa contra otro país comunitario. Por lo tanto Bruselas solo deja a salvo a las reclamaciones procedentes de inversores de fuera de la UE.

