Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de empresas

El pasado 29 de septiembre de 2022, se publicó la nueva Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (“Ley 18/2022”), que entra en vigor a los 20 días de dicha publicación, i.e., 19 de octubre de 2022, salvo el art. 12 sobre la factura electrónica en el sector privado y el capítulo V sobre el régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa.

La Ley 18/2022 se enmarca en el Componente 13 sobre “Impulso de las PYME”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado en el marco de los Planes NextGenerationUE. Dichos planes son un instrumento temporal diseñado para impulsar la recuperación de la UE tras la pandemia de COVID-19, mediante la provisión de fondos de financiación de más de 800.000 millones de euros.

La ley tiene por objeto impulsar la creación y el crecimiento empresarial, es decir, las dos fases más críticas, que se ven continuamente afectadas u obstaculizadas por los costes y desincentivos existentes, que tienen su origen en las barreras regulatorias y administrativas, fallos en el mercado único o la existencia de malas prácticas en el pago a proveedores. 

Las medidas que establece la Ley 18/2022 se pueden agrupar de la siguiente forma:

  1. Medidas para agilizar la creación de empresas: se recogen medidas como la posibilidad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada con un capital social de 1 euro; o de impulso de un proceso de creación empresarial más rápido, ágil y telemático, a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (“CIRCE”).
  2. Medidas para mejorar la regulación y la eliminación de obstáculos al desarrollo de actividades económicas: se recogen medidas como la ampliación de actividades que no necesitan de licencia para operar; o la modificación de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado a fin de reducir trámites y facilitar las reclamaciones empresariales ante incumplimientos de los principios de buena regulación de las Administraciones.
  3. Medidas para reducir la morosidad comercial: se recogen medidas como la obligación de la factura electrónica en ámbitos empresariales; la creación de nuevas instituciones que realicen un eficaz seguimiento del incumplimiento de pagos; y la promoción de buenas prácticas.
  4. Medidas para potenciar los instrumentos de financiación: se recogen medidas como la introducción de un nuevo régimen jurídico para plataformas de financiación participativa (crowdfunding); la ampliación de empresas en las que pueden invertir las entidades de capital de riesgo; o el reconocimiento de los llamados fondos de deuda.

Finalmente, se aprovecha la Ley 18/2022 para realizar modificaciones relativas a prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, y de protección a los clientes de entidades de crédito.

Dikeos abogados realizará una serie de publicaciones explicativas de cada grupo de medidas recogidas en la Ley 18/2022.

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